Casos Mediables
Podrán ser objeto de mediación los asuntos que sean susceptibles de transacción, conciliación o arbitraje y aquellos casos en los que las partes en un conflicto tienen una relación que debe mantenerse en el tiempo o cuando la confidencialidad, el tiempo o el costo económico sean factores fundamentales para resolver las divergencias como por ejemplo:
Civil y Comercial: (Acordada Nº 198/00
– Indemnización de Daños y Perjuicios
– Cobro de Guaraníes
– Incumplimiento de Contratos.
– División de cosas comunes.
– Partición de condominio.
– Disolución de Comunidad de Gananciales.
– Obligación de hacer escritura pública.
– Ddesalojo, etc.
Niñez y Adolescencia:
– Asistencia alimenticia (aumento, disminución y ofrecimiento).
– Régimen de Convivencia.
– Régimen de Relacionamiento.
– Compromiso de Reconocimiento de Filiación entre otros.
Penal: Lesión, Difamación, Calumnia e injuria, Atropello de domicilio, amenaza entre otros.
Laboral: Despido injustificado entre otros.